Ampliación de plazos de presentación de las autoliquidaciones del 1T 2020

El artículo único del Real Decreto-Ley 14/2020, de 14 de abril, publicado en el BOE de hoy 15 de abril, ha extendido los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones que vencían el próximo 20 de abril hasta el próximo 20 de mayo. El plazo para domiciliar las declaraciones que se presenten a partir de hoy se extiende también hasta el 15 de mayo.

Esta medida se aplicará sólo obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019, si se superó dicha cantidad, los plazos no varían (hasta el 20 de abril para presentar y hasta hoy 15 de abril para domiciliar).

No dice nada la norma sobre las declaraciones ya presentadas y domiciliadas para el próximo 20 de abril, aunque ayer, la Ministra de Hacienda, en su comparecencia tras el Consejo de Ministros que aprobó este Real Decreto-Ley, dijo que también los cargos de estas autoliquidaciones se realizarían el 20 de mayo. Ante la poca fiabilidad que nos merece lo dicho verbalmente por el Gobierno, recomendamos que existan fondos para atender los posibles cargos por estas declaraciones en la cuenta de domiciliación el próximo 20 de abril.

 

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