RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DEL IRPF EN EL EJERCICIO 2019

RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DEL IRPF EN EL EJERCICIO 2019 (*) (Fuente: www.aeat.es)

(*) Idénticos a los vigentes en el ejercicio 2018, salvo en el supuesto de los rendimientos de capital mobiliario derivados de la propiedad intelectual cuando se perciban por contribuyentes que no sean el propio autor (novedad desde 1.1.2019, R.D-Ley 26/2018)

Clase de rentaProcedenciaTipo aplicable 2019MOD. RESUMEN ANUAL – 2019CLAVE
TrabajoRelaciones laborales y estatutarias en generalVariable según procdmto. general (algoritmo)190A
Pensiones y haberes pasivos del sistema público (S. Social y Clases Pasivas)190B.01
Pensionistas con dos o más pagadores: procedimiento especial del art. 89.A RIRPF190B.02
Pensiones de sistemas privados de previsión social190B.03
Prestaciones y subsidios por desempleo190C
Prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único (solo reintegro de prestaciones indebidas)190D
Consejeros y administradores (de entidades cuyo importe neto cifra negocios del último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos haya sido >100.000 euros) (art.101.2 LIRPF y 80.1.3ºRIRPF)35 por 100190E.01 E.04
Consejeros y administradores (de entidades cuyo importe neto cifra negocios del último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos haya sido <100.000 euros) (art.101.2 LIRPF y 80.1.3ºRIRPF)19 por 100190E.02 E.03
Premios literarios, artísticos o científicos no exentos de IRPF, cuando tengan la consideración de rendimientos del trabajo15 por 100190F.01
Cursos, conferencias, seminarios, … (art. 80.1.4º RIRPF y 101.3 LIRPF)15 por 100190F.02
Elaboración de obras literarias, artísticas o científicas (art. 80.1.4º RIRPF y 101.3 LIRPF)15 por 100
Atrasos (art. 101.1 LIRPF)15 por 100190
Régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados a territorio español (art. 93.2.f LIRPF):Hasta 600.000 eurosDesde 600.000,01 euros en adelante (retribuciones satisfechas por un mismo pagador)24 por 10045 por 100
Actividades profesionalesCon carácter general (art. 101.5.a) LIRPF)15 por 100190G.01
Determinadas actividades profesionales (recaudadores municipales, mediadores de seguros…) (art. 101.5.a) LIRPF y 95.1 RIRPF)7 por 100190G.02
Profesionales de nuevo inicio (en el año de inicio y en los dos siguientes) (art. 101.5.a) LIRPF y 95.1 RIRPF)7 por 100190G.03
Otras actividades económicasActividades agrícolas y ganaderas en general (art. 95.4 RIRPF)2 por 100190H.01
Actividades de engorde de porcino y avicultura (art. 95.4 RIRPF)1 por 100190H.02
Actividades forestales (art. 95.5 RIRPF)2 por 100190H.03
Determinadas actividades empresariales en Estimación Objetiva (art. 95.6 RIRPF)1 por 100190H.04
Rendimientos del art. 75.2.b): cesión derecho de imagen   (art. 101.1 RIRPF)24 por 100190I.01
Rendimientos del art. 75.2.b): resto de conceptos (art. 101.2 RIRPF)19 por 100190I.02
Imputación Rentas por cesión derechos imagen(art. 92.8 LIRPF, y art. 107 RIRPF)19 por 100190J
Ganancias patrimonialesPremios de juegos, concursos, rifas… sujetos a retención, distintos de los sujetos a GELA (101.7 LIRPF)19 por 100190K.01, K.03
Aprovechamientos forestales en montes públicos 101.6 LIRPF y 99.2 RIRPF)19 por 100190K.02
Otras Ganancias patrimonialesTransmisión de Derechos de suscripción (art. 101.6 LIRPF): a partir de 1.1.201719 por 100187M, N, O
Transmisión de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva (Fondos de Inversión) (art. 101.6 LIRPF)19 por 100187C,E
Capital MobiliarioDerivados de la participación en fondos propios de entidades (art. 25.1, 101.4 LIRPF y 90 RIRPF))19 por 100193A
Cesión a terceros de capitales propios (cuentas corrientes, depósitos financieros, etc…; art. 25.2 LIRPF)19 por 100193/194/ /196Según modelo
Operaciones de capitalización, seguros de vida o invalidez e imposición de capitales19 por 100188No clave
Propiedad intelectual, industrial, prestación de asistencia técnica (art. 101.9 LIRPF)Propiedad intelectual cuando el contribuyente perceptor no sea el autor (art. 101.4 LIRPF)19 por 10015 por 100193C
Arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas (art. 101.9 LIRPF)19 por 100193C
Rendimientos derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen (art. 101.10 LIRPF) siempre que no sean en el desarrollo de una actividad económica  24 por 100 193C
Capital InmobiliarioArrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (art. 101.8 LIRPF; y 100 RIRPF)19 por 100180No clave

Acceda directamente

Contacte con nosotros

Opine

Enlaces de interés

Print Friendly, PDF & Email

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies